El juez federal Rodrigo Giménez Uriburu, presidente del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), recibió un informe técnico de la Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica (DAPVE) que detalla los movimientos registrados de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien se encuentra bajo arresto domiciliario desde el 14 de junio de 2025 en el edificio de San José 1111, en el barrio porteño de Recoleta.\n\nEl documento, al que accedió Clarín, indica que desde septiembre de 2025 hasta la actualidad, las únicas salidas de la unidad funcional para hacer uso de la terraza fueron tres: el 9 de marzo de 2026, con un egreso a las 18:29 y regreso a las 19:01 (32 minutos); el 10 de marzo de 2026, con egreso a las 17:26 y regreso a las 17:44 (18 minutos); y el 30 de marzo de 2026, con egreso a las 18:04 y regreso a las 18:14 (10 minutos). Según la DAPVE, no se registraron otros egresos con ese destino en el período señalado.\n\nEl informe fue solicitado por el TOF 2 en el marco de la ejecución de la pena en la causa Vialidad, a raíz de la compra del departamento inferior al de la expresidenta por parte de Soledad Calle, sindicalista de La Cámpora investigada por fraude y lavado de activos. El tribunal buscaba determinar si Cristina Kirchner se trasladó al inmueble recientemente adquirido, lo que habría constituido una violación de las restricciones impuestas.\n\nUn punto central del documento es la aclaración sobre las capacidades del sistema de monitoreo: la tobillera electrónica colocada a Fernández de Kirchner ‘no permite determinar con exactitud en qué sector de un edificio se encuentra la persona’. Esta limitación técnica implica que, si bien el dispositivo registra egresos e ingresos de la unidad funcional, no puede establecer con precisión si la monitoreada descendió al departamento de Calle, ubicado en el mismo edificio. La DAPVE confirmó la información brindada inicialmente respecto del funcionamiento del sistema de monitoreo.\n\nEl contexto de la solicitud se enmarca en las restricciones impuestas por el TOF 2, integrado por los jueces Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso. Entre las condiciones del arresto domiciliario se estableció que la exmandataria no puede recibir visitas más de dos veces por semana, con un máximo de tres personas por un lapso de dos horas, y que el acceso a la terraza está limitado a dos horas diarias. El tribunal también resolvió que el comportamiento de la exmandataria no puede alterar el normal funcionamiento del barrio, una directiva que fue comunicada explícitamente.\n\nEn este escenario, Giménez Uriburu llamó la atención a la defensa por un acto realizado en la vía pública frente al edificio de San José 1111, donde se colgó una bandera desde un inmueble ubicado enfrente, hacia el balcón de la expresidenta. Este hecho fue señalado como un factor de riesgo para la seguridad de Cristina Kirchner, uno de los argumentos centrales que la defensa utilizó para solicitar el arresto domiciliario. El 2 de septiembre, Máximo Kirchner habló desde un escenario montado debajo del balcón para exigir la liberación de su madre y postularla como candidata para los comicios de 2027, un acto que se desarrolló íntegramente en la vía pública.\n\nFuentes de Comodoro Py explicaron que los controles sobre lo que ocurre en la calle corresponden a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, lo que delimita las responsabilidades entre el ámbito federal y el local en la supervisión de las condiciones del arresto.\n\nEn el plano de las implicancias, este informe evidencia las limitaciones tecnológicas del sistema de monitoreo electrónico aplicado en casos de alto perfil, lo que plantea interrogantes sobre el alcance real del control. La imposibilidad de determinar el sector exacto de un edificio donde se encuentra una persona con tobillera electrónica podría generar dificultades probatorias en caso de presuntas infracciones a las restricciones judiciales, especialmente cuando los hechos ocurren en el interior de un inmueble compartido.\n\nEn el aspecto político y social, el episodio reactualiza la tensión entre el cumplimiento de las medidas judiciales y la actividad política de la expresidenta y su entorno, evidenciada por los actos públicos realizados en las inmediaciones de su lugar de detención. La compra del departamento por parte de una militante de La Cámpora investigada por delitos económicos añade una capa adicional de complejidad, al vincular directamente el patrimonio inmobiliario con la posibilidad de interacción física dentro del mismo edificio, aunque los datos técnicos actualmente disponibles no permitan confirmar ni descartar esa hipótesis.\n\nEl caso, en definitiva, queda sujeto a la evolución de las investigaciones en curso y a la capacidad de los sistemas de vigilancia para adaptarse a las circunstancias, mientras el TOF 2 continúa evaluando el cumplimiento de las condiciones impuestas para el arresto domiciliario de la exmandataria.
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