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La Pampa judicializa la disputa por las regalías de Los Nihuiles: medida cautelar contra el decreto 982/2026 de Milei

La disputa por las regalías de la represa hidroeléctrica Los Nihuiles, ubicada sobre el río Atuel en territorio mendocino, escaló este lunes a una nueva instancia judicial. La provincia de La Pampa presentó una medida cautelar ante la Justicia Federal de Santa Rosa con el objetivo de suspender los artículos del Decreto Presidencial N° 982/2026, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía Luis Caputo, que modificó el esquema de distribución de las regalías energéticas al otorgar a Mendoza el 100% de los ingresos que hasta ahora se repartían en partes iguales entre ambas provincias.

La presentación, radicada en el juzgado federal a cargo del juez Juan José Baric, busca frenar los efectos del decreto que derogó el Decreto N° 1560/73, norma firmada durante la dictadura de Alejandro Agustín Lanusse que establecía la distribución equitativa de las regalías al considerar al río Atuel como un curso de agua interjurisdiccional. El gobierno pampeano, liderado por el peronista Sergio Ziliotto, argumenta que la medida presidencial vulnera derechos consolidados por fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por un acuerdo interprovincial homologado por el máximo tribunal en 1992.

El conflicto se remonta a décadas de litigio por el uso y aprovechamiento del río Atuel, cuyo caudal nace en Mendoza pero atraviesa territorio pampeano. La represa Los Nihuiles, construida en la década de 1950, genera energía hidroeléctrica a partir del embalse del río. Desde la perspectiva pampeana, el carácter interprovincial del río implica que las regalías deben ser compartidas, tal como lo establecieron los fallos de la Corte Suprema de 1987, 2017 y 2020, que ratificaron la interprovincialidad del curso de agua.

El decreto 982/2026, publicado el viernes 11 de septiembre de 2026, eliminó la distribución equitativa y habilitó a Mendoza a reclamar la totalidad de las regalías. Más aún, el gobierno mendocino anunció que reclamará los 53 años de regalías compartidas con La Pampa, estimando una deuda de 680 millones de dólares más intereses. Esta pretensión se sustenta en la interpretación de que el decreto de Lanusse carecía de legitimidad jurídica al haber sido dictado en un gobierno de facto.

La respuesta pampeana no se hizo esperar. Ziliotto calificó la medida como un «robo» y anunció la presentación judicial. «Hemos presentado ante la Justicia Federal una medida cautelar pidiendo la suspensión inmediata de los artículos del Decreto Presidencial Nº 982/2026 que vulneran nuestros derechos», publicó el gobernador en sus redes sociales. En el escrito, La Pampa invoca el Acuerdo de 1992 firmado entre el Estado Nacional y ambas provincias, homologado por la Corte Suprema, que obliga a Mendoza a pagar regalías calculadas según porcentajes fijados por la Ley 15.336 y el Decreto 1560/73. «Ningún Decreto puede anular un acuerdo de partes», sentenció Ziliotto.

El trasfondo jurídico del conflicto gira en torno a la naturaleza interjurisdiccional del río Atuel. La Corte Suprema, en su fallo de 1987, reconoció que el río es interprovincial y que su aprovechamiento debe ser regulado por acuerdos entre las provincias. En 2017 y 2020, el tribunal reiteró este criterio y ordenó a Mendoza implementar medidas para garantizar un caudal mínimo que permita el desarrollo de La Pampa. Estos fallos se apoyan en el artículo 124 de la Constitución Nacional, que reconoce el dominio originario de las provincias sobre los recursos naturales, pero también en el principio de uso equitativo de cuencas hídricas compartidas.

La medida cautelar presentada por La Pampa busca que se suspendan los artículos del decreto que modifican la distribución de regalías. Para otorgar la cautelar, el juez Baric deberá evaluar la verosimilitud del derecho invocado, el peligro en la demora y la contracautela. La jurisprudencia de la Corte Suprema en materia de recursos hídricos interprovinciales respalda la posición pampeana, aunque el gobierno nacional sostiene que el decreto se ajusta a derecho porque el río Atuel es un recurso exclusivo de Mendoza en su nacimiento y recorrido inicial.

El impacto económico de la disputa es significativo. La represa Los Nihuiles tiene una capacidad instalada de aproximadamente 500 megavatios y genera ingresos anuales por regalías que, según estimaciones del sector, oscilan entre 30 y 50 millones de dólares. La distribución equitativa implicaba para La Pampa un ingreso anual de entre 15 y 25 millones de dólares, recursos que ahora quedarían exclusivamente en manos mendocinas. Para una provincia con una economía de base agropecuaria y una población de poco más de 350.000 habitantes, estos fondos representan una porción relevante de su presupuesto.

El conflicto también tiene derivaciones políticas. En La Pampa, la medida generó un terremoto político que llevó a opositores radicales y macristas a respaldar al gobernador peronista, aunque con críticas a la estrategia judicial. En Mendoza, en cambio, la decisión fue celebrada como «un acto de Justicia» y desató internas entre dirigentes que buscan capitalizar el logro de la gestión de Alfredo Cornejo. El gobernador mendocino, de la Unión Cívica Radical, ha defendido históricamente la titularidad de los recursos hídricos de la provincia.

A nivel nacional, el decreto 982/2026 se enmarca en una política de reordenamiento de competencias energéticas y de reafirmación de los derechos provinciales sobre los recursos naturales. El gobierno de Milei ha argumentado que la norma busca corregir una injusticia histórica y que La Pampa nunca debió recibir regalías por una represa que no está en su territorio. Sin embargo, la medida ha generado tensiones con gobernadores peronistas y podría tener consecuencias en la relación entre el Ejecutivo nacional y las provincias.

La presentación judicial de La Pampa es el primer paso de una batalla legal que probablemente llegue a la Corte Suprema. Si el juez Baric rechaza la cautelar, la provincia podría apelar ante la Cámara Federal de Apelaciones y luego recurrir al máximo tribunal. Dado que el conflicto involucra a dos provincias y al Estado Nacional, la Corte Suprema tendrá la última palabra sobre la interpretación del decreto y su compatibilidad con los fallos anteriores y el acuerdo de 1992.

Mientras tanto, la represa Los Nihuiles continúa operando y generando regalías. El gobierno mendocino ha anunciado que depositará la totalidad de los fondos en una cuenta provincial, aunque no ha precisado si los retendrá en caso de que la Justicia falle a favor de La Pampa. La incertidumbre jurídica podría afectar la inversión en el sector energético y desalentar proyectos de aprovechamiento hídrico en la cuenca del Atuel.

El conflicto por el río Atuel es uno de los más antiguos de Argentina. La disputa por el uso del agua se remonta a la década de 1940, cuando Mendoza comenzó a construir obras de derivación que redujeron el caudal que llegaba a La Pampa. En 1949, un fallo de la Corte Suprema reconoció el derecho de La Pampa a recibir un caudal mínimo, pero la ejecución de esa sentencia se demoró décadas. Los fallos posteriores de 1987, 2017 y 2020 reiteraron la necesidad de un acuerdo entre las provincias para garantizar el uso equitativo del agua.

La decisión del gobierno nacional de modificar por decreto el reparto de regalías añade un nuevo capítulo a esta larga historia. La Pampa sostiene que el decreto es inconstitucional porque avasalla las autonomías provinciales y desconoce los fallos de la Corte Suprema. Mendoza, en cambio, defiende la potestad del gobierno nacional para reglamentar el comercio interprovincial de energía y afirma que el decreto de Lanusse era ilegítimo por haber sido dictado en un gobierno de facto.

El desenlace de esta disputa tendrá implicancias no solo para las dos provincias involucradas, sino para el federalismo argentino en general. Si la Corte Suprema avala el decreto, se sentaría un precedente de que el gobierno nacional puede modificar por decreto acuerdos interprovinciales homologados judicialmente. Si lo rechaza, se reafirmaría la primacía de los fallos del máximo tribunal y de los acuerdos entre provincias.

La semana próxima, el juez Baric deberá resolver sobre la medida cautelar. La expectativa es alta en ambos gobiernos provinciales. La Pampa confía en que la justicia federal de Santa Rosa le dé la razón, mientras que Mendoza apuesta a que el decreto se mantenga vigente y a que la Corte Suprema, en una eventual revisión, valide la nueva distribución de regalías. Lo que está en juego no es solo una suma millonaria, sino el principio de equidad en el uso de recursos naturales compartidos y el respeto a los fallos judiciales que durante décadas han intentado poner fin a un conflicto histórico.

Este artículo fue generado o asistido por inteligencia artificial dentro de un proyecto experimental de automatización de contenidos.

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