El sistema judicial de la provincia de Buenos Aires enfrenta un nuevo capítulo de tensión institucional. El diputado bonaerense y exintendente de San Nicolás, Manuel Passaglia, presentó un pedido de juicio político contra el juez Alejandro López, titular del Tribunal Oral en lo Criminal N.º 2 de San Nicolás, quien el pasado miércoles 14 de octubre absolvió al dirigente del Sindicato de Camioneros Maximiliano Cabaleyro y a otros seis imputados en una causa por extorsión y bloqueo contra la empresa Rey Distribución.
La presentación fue radicada ante la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires. El legislador, referente del partido Hechos, fundamentó su solicitud en presuntos incumplimientos graves de los deberes inherentes al cargo, específicamente en la fundamentación de la sentencia que absolvió a los acusados. La denuncia, patrocinada por el abogado Ignacio Mateucci, pone el foco en la interpretación judicial del derecho de huelga y su relación con los derechos de propiedad y de ejercer una actividad comercial.
El caso se remonta a 2021, cuando trabajadores vinculados al gremio de Camioneros realizaron medidas de fuerza frente a la distribuidora Rey Distribución, en la localidad de San Pedro. Según la denuncia original, esas protestas incluyeron bloqueos que impidieron la salida de vehículos y limitaron la actividad de la empresa. El juez López reconoció en su fallo que existió una obstrucción en los accesos, pero consideró que las conductas estaban amparadas por el legítimo ejercicio del derecho de huelga. Para el magistrado, el contexto de reclamos laborales que originó el conflicto justificaba la modalidad de la protesta.
Passaglia cuestionó enérgicamente esta posición. A través de su cuenta de X, el diputado escribió: «Por eso pedí el Jury del juez López. Y quiero que se investigue a fondo cómo llegó a justificar esta decisión. Ser juez no te hace intocable. Si tomás una decisión de esta gravedad tenés que dar explicaciones. Y si no podés justificarla no podés seguir administrando justicia como si nada hubiera pasado». Además, agregó: «Un derecho que atropella los derechos de muchas otras personas no puede justificarse. Una cosa es reclamar. Otra es plantarte en la puerta de una empresa y no dejarla trabajar».
El escrito presentado ante el Jurado de Enjuiciamiento sostiene que las circunstancias laborales invocadas en el fallo «no resuelven por sí solas si la modalidad concreta de obstrucción resultó proporcional o si excedió los límites del derecho de huelga». En ese sentido, la denuncia apunta a determinar si el magistrado incurrió en un análisis insuficiente de los hechos y de las normas aplicables, lo que podría configurar mal desempeño.
El juicio político contra jueces en la provincia de Buenos Aires está regulado por la Constitución provincial y la Ley 13.661. El Jurado de Enjuiciamiento es un órgano compuesto por miembros de la Suprema Corte de Justicia, legisladores y representantes de la abogacía. Para que prospere una acusación, se requiere una mayoría especial que determine la existencia de mal desempeño, delitos en el ejercicio de la función o incapacidad sobreviniente. Las sanciones pueden ir desde la remoción del cargo hasta la inhabilitación para ejercer funciones públicas.
En los últimos años, los pedidos de juicio político contra magistrados bonaerenses han aumentado, reflejando una creciente conflictividad entre el poder político y el judicial. Sin embargo, son pocos los casos que llegan a concretar una destitución. La mayoría de las denuncias son desestimadas en la etapa de admisibilidad o archivadas por falta de pruebas contundentes. Este caso, no obstante, adquiere relevancia por el contexto de alta sensibilidad social en torno a los bloqueos sindicales y los derechos de propiedad.
El conflicto entre el derecho de huelga y otros derechos constitucionales no es nuevo en la jurisprudencia argentina. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido en diversos fallos que los derechos no son absolutos y que deben ejercerse de manera compatible con los derechos de terceros. En el caso «Halabi» (2009), el máximo tribunal sostuvo que el derecho de huelga debe ser reglamentado para evitar abusos que afecten derechos fundamentales como la libertad de comercio y la propiedad. Asimismo, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que las protestas sociales deben desarrollarse sin obstaculizar de manera desproporcionada la actividad económica de otros.
En el ámbito local, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha intervenido en casos de bloqueos sindicales, estableciendo que la obstrucción total de accesos puede configurar una restricción ilegítima a la libertad de trabajo y al derecho de propiedad. Estos precedentes sugieren que la decisión del juez López podría ser revisada por instancias superiores, aunque el pedido de juicio político es una vía paralela que busca sancionar disciplinariamente al magistrado.
La causa por extorsión contra Cabaleyro y otros seis imputados se inició a partir de denuncias de los propietarios de Rey Distribución, quienes alegaron que los bloqueos no solo impedían la actividad normal de la empresa, sino que además estaban acompañados de amenazas y exigencias económicas. La extorsión, tipificada en el artículo 168 del Código Penal, prevé penas de cinco a diez años de prisión. Para que se configure el delito, debe probarse la existencia de una intimidación o amenaza con el fin de obtener un beneficio económico indebido.
El juez López, al absolver a los imputados, consideró que no se había acreditado la existencia de extorsión, y que los bloqueos constituían una medida de fuerza legítima en el marco de un conflicto laboral. Esta interpretación generó rechazo en el sector empresarial y en sectores políticos que ven en estas conductas un avasallamiento a los derechos constitucionales.
Desde el sindicato de Camioneros, en tanto, respaldaron la decisión judicial y sostuvieron que se trató de una persecución política y mediática contra el gremio. Fuentes cercanas a la defensa de Cabaleyro señalaron que la sentencia se ajustó a derecho y que los bloqueos fueron parte de una protesta legítima en reclamo de mejoras salariales y condiciones laborales.
El pedido de juicio político contra el juez López deberá ser evaluado por la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento, que determinará si reúne los requisitos formales para su admisión. Si se admite, se abrirá una instancia de investigación y eventualmente un juicio político propiamente dicho, donde se deberá probar el mal desempeño. De lo contrario, la denuncia será archivada y el magistrado continuará en funciones.
Más allá del resultado inmediato, este caso pone de relieve la tensión entre la independencia judicial y el control disciplinario de los magistrados. También expone las dificultades para delimitar los contornos del derecho de huelga en conflictos sindicales que afectan a terceros. La sociedad argentina observa con atención cómo se resuelve esta disputa, que podría sentar un precedente sobre los límites de la protesta social y la responsabilidad de los jueces al interpretar derechos fundamentales en colisión.
En conclusión, el pedido de juicio político contra el juez Alejandro López constituye un episodio significativo en la relación entre el poder político y el judicial en la provincia de Buenos Aires. La decisión de absolver a Maximiliano Cabaleyro y a los demás imputados, basada en una interpretación amplia del derecho de huelga, ha generado una reacción política que busca someter al magistrado a un proceso disciplinario. El desenlace dependerá de la valoración que haga el Jurado de Enjuiciamiento sobre la existencia de mal desempeño, en un contexto donde los derechos en conflicto y las expectativas sociales exigen un delicado equilibrio.
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